Pena de multa


De Conceptos Jurídicos
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La pena de multa se regula en el artículo 50 del Código Penal. Dicho precepto establece que la pena de multa consistirá en la imposición al condenado de una sanción pecuniaria. La pena de multa se impondrá, salvo que la Ley disponga otra cosa, por el sistema de días-multa. 

Hay que destacar que la extensión mínima será de diez días y la máxima de dos años. Las penas de multa imponibles a personas jurídicas tendrán una extensión máxima de cinco años. Por su parte, la cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros, excepto en el caso de las multas imponibles a las personas jurídicas, en las que la cuota diaria tendrá un mínimo de 30 y un máximo de 5.000 euros. A efectos de cómputo, cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de treinta días y los años de trescientos sesenta.

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Última modificación: 02 de julio de 2014